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¿Temes heredar deudas con una herencia y tener que pagarlas? Puede ocurrir y hay muchos casos. Imagina el siguiente: Jordi ha heredado de su padre un coche y un importe de dinero que hay depositado en varias cuentas corrientes. El total de la herencia son unos 50.000 euros. Pero, hay también un préstamo personal del que quedan por pagar 55.000 euros. ¿Qué ocurre si acepta la herencia? ¿Puede evitar heredar las deudas? En este artículo lo analizamos con detalle y contestamos a las preguntas más frecuentes.
En esta guía —revisada por el equipo jurídico de Heredamos— te explicamos todo sobre cómo afrontar una herencia con deudas en Cataluña, qué opciones legales existen y qué obligaciones conllevan para proteger tus propios bienes.
Casos en los que es recomendable renunciar a la herencia en Cataluña o aceptar a beneficio de inventario
Existen variar circunstancias en las que es recomendable no aceptar la herencia directamente o hacerlo a beneficio de inventario (más adelante explicamos qué significa y cómo hacerlo), por ejemplo:
- Hay más deudas que bienes. Es el caso que hemos visto en el apartado anterior: las deudas superan a los bienes y si se acepta de forma simple la herencia, el heredero adquiere los bienes y las deudas.
- Hay préstamos que superan el valor del patrimonio. Los bienes de la herencia pueden estar hipotecados o puede haber préstamos personales del fallecido pendientes de pago, y estos importes pueden superar el de los bienes de la herencia.
- Existen embargos. Puede haber algún bien de la herencia embargado debido a alguna deuda del fallecido con Hacienda o con la Seguridad Social, por ejemplo. En ese caso es necesario verificar la cuantía del embargo para valorar si aceptar o rechazar la herencia.
- Hay avales. Puede ocurrir que la persona fallecida firmara como avalista de un tercero en un préstamo o en un alquiler u otro tipo de contrato, por ejemplo.
- Impuestos cuantiosos derivados de la herencia. En las herencias se debe pagar el Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal si hay inmuebles. Estos impuestos se gestionan por las comunidades autónomas y cada una de ellas los regula de una forma diferente, por lo que las bonificaciones o reducciones a aplicar pueden variar bastante. En algunos casos los importes a pagar son elevados debidos al grado de parentesco del heredero con el fallecido o al gran volumen de caudal hereditario, y pueden suponer que los herederos se planteen si aceptar o no la herencia.
- Se desconocen las deudas que puede haber. Hay ocasiones en las que es complicado saber exactamente las deudas que tenía el fallecido porque no se encuentra la documentación, esto produce una incertidumbre en los herederos que pueden rechazar la herencia o aceptarla a beneficio de inventario.
¿Qué hacer para no heredar deudas?
Si no quieres heredar las deudas del fallecido tienes dos opciones:
- Renunciar la herencia. En este caso, no recibes los bienes de la herencia y tampoco las deudas. La renuncia no puede hacerse de cualquier forma, no basta con una negativa, hay que acudir al notario y manifestar que rechazas la herencia. El Código Civil catalán declara que la repudiación de la herencia debe hacerse de forma expresa y en documento público (escritura ante Notario). Es importante saber que la renuncia no se puede revocar, es decir, si renuncias a la herencia formalmente, no puedes cambiar de idea.
- Aceptar la herencia a beneficio de inventario. En este caso, el heredero no responde de las deudas de la herencia con su patrimonio, sino que solo se responde con los bienes de la herencia. El heredero puede aceptar la herencia de esta forma, aunque el testador lo haya prohibido. Para poder aceptar la herencia a beneficio de inventario debe tomarse el inventario en el plazo de 6 meses desde que el heredero conoce la delación. El inventario se realiza ante Notario y contiene los bienes, las deudas y las cargas de la herencia.
¿Qué ocurre si aceptas la herencia pura y simplemente?
Si no te asesoras con abogados expertos en herencias y aceptas la herencia de forma pura y simple, lo que ocurrirá es que heredarás los bienes y las deudas, por lo que podría llegar el caso de que tengas que responder de esas deudas con tu propio patrimonio.
Cuidado con la aceptación tácita de la herencia
Cuando heredas es importante tener cuidado con actos que pueden considerarse una aceptación tácita de la herencia. Según el Código Civil de Cataluña se considera que se acepta la herencia de forma tácita en los siguientes casos:
- Si el heredero realiza cualquier acto que no podría hacer si no fuera heredero.
- Si el heredero vende, da o cede el derecho a la herencia a todos los coherederos, a alguno de ellos o a un tercero.
- Si el heredero renuncia a su derecho a suceder a cambio de una contraprestación (por ejemplo, una cantidad de dinero) o renuncia a favor solo de alguno o algunos de los coherederos.
Por ejemplo, si un heredero alquila un piso que ha recibido en herencia y recibe las rentas del alquiler, se considera que ha aceptado tácitamente la herencia.
Preguntas frecuentes sobre deudas en la herencia
Heredar deudas es algo que preocupa mucho a una persona que recibe una herencia y que plantea muchas dudas. A continuación, respondemos a las más frecuentes.
¿Estoy obligado a pagar las deudas de la herencia?
Si aceptas la herencia de forma pura y simple, sí.
Sin embargo, puedes renunciar a la herencia o aceptarla a beneficio de inventario, para que las deudas no afecten a tu patrimonio personal.
¿Es posible renunciar solo a las deudas de la herencia?
No puedes aceptar los bienes y renunciar a las deudas, tienes las dos opciones que hemos visto: renunciar a todo (bienes y deudas) o aceptar a beneficio de inventario.
¿Qué documentos debo revisar antes de decidir?
Tendrás que conseguir los documentos que acrediten el patrimonio del fallecido:
- Escrituras y notas simples de los bienes inmuebles.
- Certificados bancarios de saldos y contratos de préstamo.
- Documentación de vehículos.
- Títulos de acciones o fondos de inversión.
- Copias de pólizas de seguro.
- Certificados de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social.
- Cualquier otro documento que acredite bienes y obligaciones del fallecido.
¿Puedo rechazar una herencia con deudas?
Sí, la puedes rechazar, aunque antes debes valorar bien la situación para verificar el importe de los bienes y de las deudas y ver si te convienen más otras opciones como aceptar a beneficio de inventario, por ejemplo.
En definitiva, aceptar o rechazar una herencia depende de las deudas de la misma y de cómo puedan afectar a tu patrimonio como heredero. Es importante contar con la ayuda de un abogado experto en herencias en Cataluña que te ayude a buscar los bienes y las deudas y a decidir cuál es la mejor opción para ti.
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