Servicios de gestión de herencias en Barcelona
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Servicios especializados en herencias y derecho sucesorio
En Heredamos somos expertos en derecho sucesorio para acompañarte en cada paso. Ofrecemos asesoramiento legal, fiscal e inmobiliario con un enfoque tecnológico y humano para simplificar tus trámites.
Tramitación de herencias en Barcelona
Olvídate de la carga administrativa. Digitalizamos y agilizamos cada trámite para que no pierdas tiempo.
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Impuesto de sucesiones en Cataluña
Maximizamos el ahorro aplicando todas las bonificaciones vigentes en Cataluña.
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- Plusvalías Municipales: Cálculo y gestión del ahorro fiscal.
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Gestión inmobiliaria de herencias en Barcelona
Conectamos tu herencia con el mercado inmobiliario a través de los mejores expertos.
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En Cataluña, la legítima es una parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a ciertos herederos, incluso si el fallecido (causante) ha hecho testamento. Es una figura del Derecho Civil catalán que tiene sus propias reglas, distintas al resto de España.
Beneficiarios: Los hijos del fallecido (y en su defecto, los descendientes). Si no hay hijos ni descendientes, heredan los padres del causante.
Cuantía: La legítima en Cataluña es una cuarta parte (25%) del valor total de la herencia.
- Si hay varios legitimarios (por ejemplo, varios hijos), esa cuarta parte se reparte entre ellos a partes iguales.
Forma de pago:
- No se entrega automáticamente con la herencia. El legitimario debe reclamarla activamente.
- Puede pagarse en dinero u otros bienes, y el heredero tiene 10 años para hacerlo, salvo que el testador disponga otra cosa.
Renuncia o desheredación:
- Se puede renunciar a la legítima.
- También puede privarse a un hijo de la legítima, pero solo en casos muy concretos (como maltrato, falta de relación grave e injustificada, etc.).
La cuenta queda bloqueada:
- Cuando un banco sabe que el titular ha fallecido, debe bloquear la cuenta hasta que se determine quiénes son los herederos legales.
- Mientras tanto, nadie puede retirar dinero, aunque tenga una tarjeta o esté autorizado.
Sacar dinero sin permiso es delito:
- Hacerlo sin autorización de los herederos o sin seguir el proceso legal puede considerarse apropiación indebida o incluso estafa.
- Esto aplica incluso si se es hijo, cónyuge o cotitular de la cuenta (salvo que se demuestre que el dinero era propio o compartido).
Posibles consecuencias:
- Los herederos pueden denunciar.
- El banco puede exigir la devolución del dinero.
- Puede haber responsabilidad penal si se demuestra intención de ocultar o quedarse con la herencia.
¿Qué se puede hacer legalmente?
- Notificar al banco el fallecimiento.
- Presentar el certificado de defunción y documentos de herederos.
- Seguir el proceso de adjudicación de la herencia.
- Usar los fondos solo cuando esté legalmente autorizado.
1. Obtener el certificado de defunción
- Se solicita en el Registro Civil del lugar donde falleció la persona.
- Es el primer documento necesario para iniciar los trámites.
2. Solicitar el certificado de últimas voluntades
- Se tramita en el Ministerio de Justicia (de forma presencial o en línea).
- Indica si la persona dejó testamento y ante qué notario.
3. Conseguir una copia autorizada del testamento
- Si hay testamento, se pide en la notaría que lo custodia (indicada en el certificado de últimas voluntades).
- Si no hay testamento, se debe hacer una declaración de herederos abintestato ante notario.
4. Localizar y valorar los bienes
- Se identifican todos los bienes del fallecido: cuentas bancarias, propiedades, vehículos, deudas, etc.
- Se hace una valoración económica para saber el total de la herencia.
5. Aceptar o renunciar a la herencia
Cada heredero puede:
- Aceptar pura y simplemente
- Aceptar a beneficio de inventario
- Renunciar
Esto se realiza ante notario.
6. Liquidar el impuesto de sucesiones
- Es obligatorio presentar el impuesto, aunque no se pague nada si estás exento.
- Plazo: 6 meses desde la fecha del fallecimiento, prorrogables por otros 6 si se solicita.
7. Reparto y adjudicación de la herencia
- Se firma una escritura de adjudicación de herencia ante notario.
- Se reparten los bienes según el testamento o la ley.
8. Inscripción de bienes y cambio de titularidad
- Se inscriben los bienes heredados a nombre de los herederos (por ejemplo, en el Registro de la Propiedad para inmuebles).
- También se cambian los titulares en bancos, vehículos, etc.
Documentos que necesitarás:
- Certificado de defunción.
- Certificado de últimas voluntades.
- Testamento o acta de herederos.
- DNI/NIE de los herederos.
- Justificantes de bienes y deudas.
- Escritura de aceptación de herencia.
- Modelo del impuesto de sucesiones
1. Depende de:
- El valor total de lo que heredas.
- Tu grado de parentesco (hijos, padres, hermanos, etc.).
- Las reducciones y bonificaciones que se apliquen.
2. Reducciones generales en Cataluña (2024)
- Hijos menores de 21 años: reducción de 100.000 € + 12.000 € per any fins a 21.
- Hijos mayores de 21, padres, cónyuges: reducción de 100.000 €.
- Hermanos, sobrinos, tíos: reducción de 8.000 €.
- Otros casos (sin parentesco): reducción de 0 €.
3. Bonificaciones (una vez calculado el impuesto)
- Hijos, padres y cónyuges: bonificación de entre el 20 % y el 99 %, según el valor heredado y el patrimonio del heredero.
- Cuanto más alta es la herencia o el patrimonio del heredero, menor es la bonificación.
1. Intentar un acuerdo amistoso
- Lo primero es hablar entre los herederos e intentar llegar a un acuerdo.
- Muchas veces el conflicto se debe a malentendidos, falta de información o emociones acumuladas.
- Un mediador (como un abogado o gestor neutral) puede facilitar el diálogo.
2. Acudir a mediación o asesoría legal
- Si el acuerdo no es posible por cuenta propia, se puede recurrir a la mediación hereditaria.
- Un profesional imparcial ayuda a las partes a encontrar una solución sin necesidad de juicio.
- Es más rápido y barato que ir a juicio.
3. Revisar el testamento o la ley
- A veces el conflicto surge por interpretaciones distintas del testamento.
- Si no hay testamento, se aplica la ley (en Cataluña, el Código Civil catalán).
- Un abogado puede revisar el caso y explicar qué corresponde a cada heredero.
4. Reparto judicial de la herencia
- Si no hay acuerdo, cualquier heredero puede pedir al juez que reparta la herencia.
- El proceso se llama división judicial de la herencia.
- Puede ser largo y costoso, pero es la vía legal cuando no hay entendimiento.
5. Evitar decisiones unilaterales
- Ningún heredero puede vender, usar o gestionar bienes heredados por su cuenta sin el consentimiento de los demás.
- Hacerlo puede ser considerado apropiación indebida y tener consecuencias legales.
¿Qué es la plusvalía municipal?
Es un impuesto que grava el aumento del valor del terreno de un inmueble cuando se transmite (por venta, herencia, donación, etc.).
- No grava la vivienda en sí, sino el valor del suelo.
- Se paga al ayuntamiento donde está ubicado el inmueble.
¿Cuánto se paga?
- El impuesto se calcula sobre el incremento del valor del terreno desde la compra o adquisición anterior hasta el momento de la transmisión.
- El ayuntamiento aplica un porcentaje y unos años máximos de antigüedad para calcularlo.
- La fórmula básica incluye:
Valor catastral del terreno.
Número de años que ha tenido el inmueble el titular.
Tipo impositivo que fija el ayuntamiento (suele estar entre el 5% y el 30%).
En caso de herencia:
- El heredero debe pagar la plusvalía municipal si recibe un inmueble.
- A veces, si hay pérdida de valor o circunstancias especiales, se puede reclamar su nulidad o reducción.
1. Declaración de herederos ab intestato
- Si la persona fallecida no dejó testamento, los herederos legales deben hacer una declaración de herederos abintestato.
- Este documento se obtiene ante un notario o juez y reconoce quiénes son los herederos legales según la ley.
2. Orden legal de los herederos
La ley establece un orden para heredar cuando no hay testamento:
Hijos y descendientes
Padres y ascendientes
Hermanos y sobrinos
Otros familiares más lejanos
Si no hay ningún familiar, la herencia pasa al Estado.
3. Trámites habituales
- Obtener el certificado de defunción.
- Solicitar el certificado de últimas voluntades (que indicará que no hay testamento).
- Realizar la declaración de herederos.
- Liquidar el impuesto de sucesiones.
- Proceder al reparto y adjudicación de los bienes según la ley.
4. Importante
- La declaración de herederos es imprescindible para poder gestionar la herencia.
- Es recomendable contar con asesoría legal para evitar errores o problemas.
1. No hacer testamento
- Es uno de los errores más frecuentes.
- Sin testamento, la ley decide quién hereda, lo que puede generar conflictos familiares y procesos más lentos.
2. No actualizar el testamento
- Las circunstancias cambian (nacimientos, divorcios, fallecimientos…).
- Un testamento antiguo puede dejar fuera a personas importantes o causar problemas legales.
3. No informar a los herederos
- Es útil que los herederos sepan que existe un testamento y dónde está guardado.
- El silencio puede complicar los trámites y retrasar el proceso.
4. No prever la legítima
- En muchas comunidades, como Cataluña, hay una parte obligatoria que corresponde a ciertos herederos (como los hijos).
- Ignorarla puede anular parte del testamento o generar reclamaciones.
5. No planificar el impacto fiscal
- Algunas herencias pueden tener un coste elevado en impuestos.
- Planificar con antelación puede reducir la carga fiscal para los herederos.
6. Incluir cláusulas confusas o contradictorias
- Testamentos mal redactados o ambiguos generan dudas y posibles litigios.
- Siempre conviene redactarlo con asesoría legal.
7. No dejar instrucciones claras sobre deudas o bienes concretos
- Si no se especifica qué hacer con deudas, préstamos o propiedades compartidas, los herederos pueden tener problemas para gestionarlo.
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