Servicios de gestión de herencias en Barcelona
Te acompañamos con una gestión ágil, experta y humana, eliminando la complejidad de cada etapa
Servicios especializados en herencias y derecho sucesorio
En Heredamos somos expertos en derecho sucesorio para acompañarte en cada paso. Ofrecemos asesoramiento legal, fiscal e inmobiliario con un enfoque tecnológico y humano para simplificar tus trámites.
Tramitación de herencias en Barcelona
Olvídate de la carga administrativa. Digitalizamos y agilizamos cada trámite para que no pierdas tiempo.
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Impuesto de sucesiones en Cataluña
Maximizamos el ahorro aplicando todas las bonificaciones vigentes en Cataluña.
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Gestión inmobiliaria de herencias en Barcelona
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Voluntades anticipadas
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En Cataluña, la legítima es una parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a ciertos herederos, incluso si el fallecido (causante) ha hecho testamento. Es una figura del Derecho Civil catalán que tiene sus propias reglas, distintas al resto de España.
Beneficiarios: Los hijos del fallecido (y en su defecto, los descendientes). Si no hay hijos ni descendientes, heredan los padres del causante.
Cuantía: La legítima en Cataluña es una cuarta parte (25%) del valor total de la herencia.
- Si hay varios legitimarios (por ejemplo, varios hijos), esa cuarta parte se reparte entre ellos a partes iguales.
Forma de pago:
- No se entrega automáticamente con la herencia. El legitimario debe reclamarla activamente.
- Puede pagarse en dinero u otros bienes, y el heredero tiene 10 años para hacerlo, salvo que el testador disponga otra cosa.
Renuncia o desheredación:
- Se puede renunciar a la legítima.
- También puede privarse a un hijo de la legítima, pero solo en casos muy concretos (como maltrato, falta de relación grave e injustificada, etc.).
La cuenta queda bloqueada:
- Cuando un banco sabe que el titular ha fallecido, debe bloquear la cuenta hasta que se determine quiénes son los herederos legales.
- Mientras tanto, nadie puede retirar dinero, aunque tenga una tarjeta o esté autorizado.
Sacar dinero sin permiso es delito:
Hacerlo sin autorización de los herederos o sin seguir el proceso legal puede considerarse apropiación indebida o incluso estafa.
Esto aplica incluso si se es hijo, cónyuge o cotitular de la cuenta (salvo que se demuestre que el dinero era propio o compartido).
Posibles consecuencias:
- Los herederos pueden denunciar.
- El banco puede exigir la devolución del dinero.
- Puede haber responsabilidad penal si se demuestra intención de ocultar o quedarse con la herencia.
¿Qué se puede hacer legalmente?
Notificar al banco el fallecimiento.
Presentar el certificado de defunción y documentos de herederos.
Seguir el proceso de adjudicación de la herencia.
Usar los fondos solo cuando esté legalmente autorizado.
1. Obtener el certificado de defunción
Se solicita en el Registro Civil del lugar donde falleció la persona.
Es el primer documento necesario para iniciar los trámites.
2. Solicitar el certificado de últimas voluntades
Se tramita en el Ministerio de Justicia (de forma presencial o en línea).
Indica si la persona dejó testamento y ante qué notario.
3. Conseguir una copia autorizada del testamento
Si hay testamento, se pide en la notaría que lo custodia (indicada en el certificado de últimas voluntades).
Si no hay testamento, se debe hacer una declaración de herederos abintestato ante notario.
4. Localizar y valorar los bienes
Se identifican todos los bienes del fallecido: cuentas bancarias, propiedades, vehículos, deudas, etc.
Se hace una valoración económica para saber el total de la herencia.
5. Aceptar o renunciar a la herencia
Cada heredero puede:
- Aceptar pura y simplemente
- Aceptar a beneficio de inventario
- Renunciar
Esto se realiza ante notario.
6. Liquidar el impuesto de sucesiones
Es obligatorio presentar el impuesto, aunque no se pague nada si estás exento.
Plazo: 6 meses desde la fecha del fallecimiento, prorrogables por otros 6 si se solicita.
7. Reparto y adjudicación de la herencia
Se firma una escritura de adjudicación de herencia ante notario.
Se reparten los bienes según el testamento o la ley.
8. Inscripción de bienes y cambio de titularidad
Se inscriben los bienes heredados a nombre de los herederos (por ejemplo, en el Registro de la Propiedad para inmuebles).
También se cambian los titulares en bancos, vehículos, etc.
Documentos que necesitarás:
Certificado de defunción
Certificado de últimas voluntades
Testamento o acta de herederos
DNI/NIE de los herederos
Justificantes de bienes y deudas
Escritura de aceptación de herencia
Modelo del impuesto de sucesiones
1. Depende de:
El valor total de lo que heredas.
Tu grado de parentesco (hijos, padres, hermanos, etc.).
Las reducciones y bonificaciones que se apliquen.
2. Reducciones generales en Cataluña (2024)
Hijos menores de 21 años: reducción de 100.000 € + 12.000 € per any fins a 21.
Hijos mayores de 21, padres, cónyuges: reducción de 100.000 €.
Hermanos, sobrinos, tíos: reducción de 8.000 €.
Otros casos (sin parentesco): reducción de 0 €.
3. Bonificaciones (una vez calculado el impuesto)
Hijos, padres y cónyuges: bonificación de entre el 20 % y el 99 %, según el valor heredado y el patrimonio del heredero.
Cuanto más alta es la herencia o el patrimonio del heredero, menor es la bonificación.
1. Intentar un acuerdo amistoso
- Lo primero es hablar entre los herederos e intentar llegar a un acuerdo.
- Muchas veces el conflicto se debe a malentendidos, falta de información o emociones acumuladas.
- Un mediador (como un abogado o gestor neutral) puede facilitar el diálogo.
2. Acudir a mediación o asesoría legal
Si el acuerdo no es posible por cuenta propia, se puede recurrir a la mediación hereditaria.
Un profesional imparcial ayuda a las partes a encontrar una solución sin necesidad de juicio.
Es más rápido y barato que ir a juicio.
3. Revisar el testamento o la ley
A veces el conflicto surge por interpretaciones distintas del testamento.
Si no hay testamento, se aplica la ley (en Cataluña, el Código Civil catalán).
Un abogado puede revisar el caso y explicar qué corresponde a cada heredero.
4. Reparto judicial de la herencia
Si no hay acuerdo, cualquier heredero puede pedir al juez que reparta la herencia.
El proceso se llama división judicial de la herencia.
Puede ser largo y costoso, pero es la vía legal cuando no hay entendimiento.
5. Evitar decisiones unilaterales
Ningún heredero puede vender, usar o gestionar bienes heredados por su cuenta sin el consentimiento de los demás.
Hacerlo puede ser considerado apropiación indebida y tener consecuencias legales.
¿Qué es la plusvalía municipal?
Es un impuesto que grava el aumento del valor del terreno de un inmueble cuando se transmite (por venta, herencia, donación, etc.).
No grava la vivienda en sí, sino el valor del suelo.
Se paga al ayuntamiento donde está ubicado el inmueble.
¿Cuánto se paga?
- El impuesto se calcula sobre el incremento del valor del terreno desde la compra o adquisición anterior hasta el momento de la transmisión.
El ayuntamiento aplica un porcentaje y unos años máximos de antigüedad para calcularlo.
La fórmula básica incluye:
Valor catastral del terreno.
Número de años que ha tenido el inmueble el titular.
Tipo impositivo que fija el ayuntamiento (suele estar entre el 5% y el 30%).
En caso de herencia:
- El heredero debe pagar la plusvalía municipal si recibe un inmueble.
A veces, si hay pérdida de valor o circunstancias especiales, se puede reclamar su nulidad o reducción.
1. Declaración de herederos ab intestato
Si la persona fallecida no dejó testamento, los herederos legales deben hacer una declaración de herederos abintestato.
Este documento se obtiene ante un notario o juez y reconoce quiénes son los herederos legales según la ley.
2. Orden legal de los herederos
La ley establece un orden para heredar cuando no hay testamento:
Hijos y descendientes
Padres y ascendientes
Hermanos y sobrinos
Otros familiares más lejanos
Si no hay ningún familiar, la herencia pasa al Estado.
3. Trámites habituales
Obtener el certificado de defunción.
Solicitar el certificado de últimas voluntades (que indicará que no hay testamento).
Realizar la declaración de herederos.
Liquidar el impuesto de sucesiones.
Proceder al reparto y adjudicación de los bienes según la ley.
4. Importante
La declaración de herederos es imprescindible para poder gestionar la herencia.
Es recomendable contar con asesoría legal para evitar errores o problemas.
1. No hacer testamento
Es uno de los errores más frecuentes.
Sin testamento, la ley decide quién hereda, lo que puede generar conflictos familiares y procesos más lentos.
2. No actualizar el testamento
Las circunstancias cambian (nacimientos, divorcios, fallecimientos…).
Un testamento antiguo puede dejar fuera a personas importantes o causar problemas legales.
3. No informar a los herederos
Es útil que los herederos sepan que existe un testamento y dónde está guardado.
El silencio puede complicar los trámites y retrasar el proceso.
4. No prever la legítima
En muchas comunidades, como Cataluña, hay una parte obligatoria que corresponde a ciertos herederos (como los hijos).
Ignorarla puede anular parte del testamento o generar reclamaciones.
5. No planificar el impacto fiscal
Algunas herencias pueden tener un coste elevado en impuestos.
Planificar con antelación puede reducir la carga fiscal para los herederos.
6. Incluir cláusulas confusas o contradictorias
Testamentos mal redactados o ambiguos generan dudas y posibles litigios.
Siempre conviene redactarlo con asesoría legal.
7. No dejar instrucciones claras sobre deudas o bienes concretos
Si no se especifica qué hacer con deudas, préstamos o propiedades compartidas, los herederos pueden tener problemas para gestionarlo.
Parte de los servicios funerarios consiste en la recogida del cuerpo del difunto del lugar donde haya tenido lugar el fallecimiento (hospitales, residencias, domicilios…). El cuerpo es trasladado mediante un furgón de recogida a las instalaciones de la funeraria donde se procede a la preparación del cuerpo, y a los servicios de tanatopraxia, para poder exponer el cuerpo ante los familiares y allegados en el momento del velatorio.
La familia decidirá (o el difunto, si hubieran últimas voluntades que así lo expresen) si el cuerpo es inhumado y llevado a un cementerio para el entierro, o bien optarán por la incineración (y en cuyo caso, determinar qué hacer con las cenizas).
El coste de un funeral dependerá fundamentalmente de la elección de la familia de los diferentes elementos que constituyen el sepelio. El rango de precios, según las tarifas públicas de las diferentes funerarias que tienen actividad en Barcelona, ronda entre los 1500 y los 2000 eur, para la cobertura de los servicios básicos.
Para solicitar un presupuesto económico con Proxima, puedes solicitarlo solicitarlo aquí y uno de nuestros asesores se pondrá en contacto a la mayor brevedad posible.
Primero de todo, cabe recordar que tras la defunción de un familiar, deberá realizarse la opción que haya sido voluntad del difunto, si la hubiere. Normalmente, el coste de la incineración suele ser más económico que el de la inhumación (dado que la inhumación, o entierro, tiene gastos de sepelio adicionales como pueden ser el coste de un determinado tipo de féretro, y la elección de nicho, lápida o sepultura y su consiguiente mantenimiento).
Aunque también debe saberse que en el caso de la incineración, deberán entregarse las cenizas en algún tipo de urna, y determinarse qué hacer con las mismas (pudiendo guardarlas en el domicilio, transformarlas en algún artículo de joyería del recuerdo, o bien esparcirlas en el mar o en lugares designados a tal efecto).
Si el difunto no tenía contratado un seguro de decesos (se trata del seguro que cubre todos los gastos derivados del sepelio) entonces los familiares del difunto se harán cargo de dichos gastos al realizar la contratación del servicio con la funeraria de su elección. Los precios para Particulares varían significativamente entre localidades.
En la ciudad de Barcelona, encontrarás las tarifas públicas de las diferentes funerarias en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Barcelona. En Proxima, puedes ponerte en contacto con nosotros aquí, para solicitar un presupuesto, o bien consultar nuestras tarifas aquí.
Habitualmente, las funerarias ponen a disposición de la familia una sala de velatorio en su tanatorio, durante un día laboral entero, para que los familiares y allegados puedan ir tanto por la mañana, como por la tarde. También existe la opción de hacer una reserva de sala para una franja horaria más corta (por ejemplo, sólo por la tarde, o sólo por la mañana, según la voluntad de la familia).
Los familiares y amigos más cercanos suelen acompañar a la familia del difunto en el velatorio durante toda la jornada, mientras que personas no tan allegadas suelen pasar un rato para ofrecer sus condolencias.
Curiosamente, el tanatorio de Sancho de Ávila, en la ciudad de Barcelona, fue el primer tanatorio de España, inaugurado en el año 1968, suponiendo un antes y un después en los servicios funerarios del país. Por el contrario, el tanatorio más reciente inaugurado en la ciudad de Barcelona es el Tanatorio de Sants – Eixample, gestionado por Proxima Serveis Funeraris. Puedes acceder al proyecto de rehabilitación y renovación arquitectónica en el siguiente enlace.
Históricamente, las familias velaban a los difuntos en sus domicilios particulares y los entierros solían realizarse en la iglesia. A partir de los años 60, con los cambios en la legislación de política mortuoria, acompañados de un cambio cultural en el seno de la sociedad, los velatorios empiezan a tener lugar en los espacios habilitados a tal fin: los tanatorios. Puedes consultar nuestro blog para conocer más en detalle las tradiciones funerarias de la historia de España, así como la de otros países, y otras muchas curiosidades.
Tras el fallecimiento de un ser querido, lo primero que suele hacerse es averiguar si existe la contratación de un seguro de decesos, en cuyo caso, llamar al teléfono de asistencia 24/7 que las aseguradoras suelen tener a disposición, e informar del siniestro, de forma que un agente de asistencia de la aseguradora en cuestión pueda organizar el funeral y asesorar a la familia en todos los pasos próximos que deben dar (como por ejemplo, se comprueba en las siguientes compañías aseguradoras: Ocaso u Occident).
En caso de no disponer de un seguro de decesos, el familiar que asuma la organización del funeral deberá llamar a una o múltiples funerarias que tengan actividad en la ciudad donde haya tenido lugar el fallecimiento, para solicitar presupuesto, y organizar el funeral. Los servicios funerarios suelen albergar la recogida y traslado del cuerpo del difunto, los servicios de velatorio en el tanatorio (esto es, la tipología de ceremonia, la elección del féretro, la música y el oficiante, los motivos florales, etc), los servicios de incineración o inhumación y su consiguiente traslado, y todos los servicios accesorios que bien estén incluidos bien la familia opte por su contratación (por ejemplo, los trámites post mórtem, un servicio de velatorio digital, etc).
Puedes consultar una guía más completa que hemos elaborado desde Próxima en el siguiente enlace.
Tal y como establece el Reglamento del BOE, las funerarias están obligadas a la prestación de servicios a aquellos ciudadanos que hayan fallecido en la ciudad donde tiene actividad la funeraria, y que no dispongan de medios económicos para sufragar los gastos de sepelio.
En la ciudad de Barcelona, la regulación de gratuidad o bonificación de dichos servicios está regulada por el Ayuntamiento de Barcelona, que tiene en cuenta entre otros factores el indicador de renta (IRSC), y será el propio ayuntamiento quién pague los gastos funerarios inicialmente.
Durante el servicio funerario (habitualmente durante la contratación del mismo, o en el crematorio antes de la incineración) la funeraria hará entrega de una autorización a la persona que vaya a hacerse cargo de la retirada de cenizas, típicamente en una urna designada a tal efecto (conviene seleccionar un tipo de urna adecuado en función del destinatario de las cenizas: por ejemplo, escoger una urna biodegradable o ecológica si va a depositarse en algún espacio natural).
Una vez retiradas, las cenizas podrán ser conservadas en el domicilio, inhumadas en un nicho, columbario, sepultura o panteón, transformadas en joyería, o esparcidas en el mar (respetando la normativa aplicable). Cabe mencionar que la mayoría de funerarias y cementerios ofrecen un servicio de custodia de cenizas, en caso de que los familiares opten por no retirarlas.
No, no es obligatorio, sino que su amplia utilización se corresponde con la tradición cultural en el país, y su pragmatismo. Todas las funerarias disponen de tarifas para el uso o no de sus salas de vela. Cabe destacar que un cadáver no podrá ser enterrado o incinerado hasta que hayan pasado al menos 24h desde la hora certificada de la defunción.
Es por este motivo que el tanatorio es una instalación funcional que permite la conservación del cuerpo hasta el traslado definitivo en cumplimiento de la normativa higiénico-sanitaria vigente (también podrá conservarse en el centro hospitalario si dispusiera de instalaciones a tal efecto, y lo autorizase), y además ofrece a las familias un lugar cómodo y tranquilo para poder realizar el velatorio, donde el resto de familiares y allegados pueden venir a ofrecer sus condolencias.
Sí, por supuesto. Simplemente se deberá tener en cuenta que cada Comunidad Autónoma tiene su propia normativa aplicable, y la funeraria contratada para realizar el servicio deberá adaptarse a dicha normativa. Por ejemplo, hay diferentes normas en lo que se refiere a la autorización del traslado tras producirse el fallecimiento.
La recogida del difunto se puede realizar tan pronto como la familia haya autorizado a la funeraria la recogida (mediante la tramitación del servicio funerario correspondiente) y si se dispone de un Certificado Médico de Defunción debidamente cumplimentado y firmado. En caso de que la defunción haya tenido lugar en un centro hospitalario o residencia de la tercera edad se coordina la recogida siguiendo los protocolos de actuación del establecimiento.
El servicio debe abonarse antes de la finalización del mismo (normalmente, durante la contratación del servicio) o, en caso de contratarse mediante financiación , en los plazos e importes acordados en la misma.
Los métodos de pago habituales son mediante tarjeta bancaria o transferencia (en algunos casos, y sujeto a la autorización correspondiente, se podrá financiar el servicio a plazos). El pago en efectivo por norma general no es un método de pago aceptado, por la ley de prevención de blanqueo de capitales. En cualquier caso, resulta conveniente preguntar a la funeraria, y revisar la normativa aplicable en el Sepblac (suele existir un importe máximo de facturación para permitir el pago en efectivo).
Lo más sencillo es consultar con el servicio de gestoría de la funeraria, dado que suele incluir una primera consulta gratuita. De esta forma, un asesor especialista en la materia podrá revisar las circunstancias personales aplicables. En general, se debe obtener el certificado de últimas voluntades a fin de tramitar la herencia, debe darse de baja al difunto de la seguridad social y el registro civil. Existe un plazo máximo de tres meses para la tramitación de las posibles ayudas o subvenciones (por ejemplo, pensiones de supervivencia o de viudedad), etc. La web de la Generalitat de Catalunya lo explica en el siguiente enlace.
Efectivamente, la elección de funeraria o tanatorio es una decisión libre que deberá tomar la familia del difunto (evidentemente, en las localidades donde exista más de un tanatorio, o una funeraria). La proximidad geográfica, la calidad del servicio y las instalaciones y las tarifas suelen ser los factores determinantes al elegir tanatori.
En caso de disponer de seguro de decesos, la decisión seguirá siendo de la familia, amparada por la ley de libre prestación de servicios de la Ley del Contrato de Seguro, si bien la compañía aseguradora podrá recomendar cuáles son, a su criterio, las mejores opciones disponibles.
Se trata de un documento legal emitido por un médico o por un juez que establece las circunstancias en las que ha muerto una persona (fecha, lugar y causa de la misma).
En el caso de que se desconozca la causa de la muerte, y por tanto, el médico no pueda certificar la defunción, la muerte pasa de tener consideración natural a judicial. En una muerte judicial, deberá seguirse el protocolo marcado por el juzgado (traslado del cuerpo al Institut de Medicina Legal de Catalunya para realizar la autopsia y determinar la causa definitiva de muerte, etc).
El seguro de decesos cubre todos los gastos asociados al fallecimiento hasta un máximo de un capital asegurado, que varía entre compañías aseguradoras, y las condiciones de contratación que se hayan elegido. Los gastos de sepelio en general incluyen el traslado del difunto, el féretro, el velatorio, los costes asociados a la incineración o inhumación del cuerpo, el coche fúnebre, y algunos de los trámites ante la administración pública necesarios tras el fallecimiento.
El departamento de gestoría de la funeraria (propio o externalizado) se encarga de asesorar a las familias en materia de derecho hereditario (herencias y sucesiones), gestión documental (como, por ejemplo, certificado literal de defunción o últimas voluntades), trámites administrativos (tales como las bajas de la seguridad social, o de los suministros), prestaciones (como ayudas o subvenciones por viudedad u orfandad), etc.
Posiblemente sea la corona el motivo floral más ampliamente utilizado en los protocolos funerarios (simboliza el ciclo de la vida en su perpetuidad). Suele estar confeccionada por un conjunto de rosas rojas, blancas o rosas sobre una base de planta viva o textil (goma espuma, paja seca o esponja), y acompañada de algún recordatorio o dedicatoria (por ejemplo, mediante una cinta externa conmemorativa). También, los centros y los ramos son otros de los motivos florales más utilizados en la flor funeraria. En cuanto al tipo de flor, suele predominar la rosa, como también el uso de claveles, crisantemos, gladiolos, lirios y azucenas.
Por el fallecimiento de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, suele corresponder un permiso de entre dos y tres días hábiles (ampliable hasta cuatro o cinco días, en caso de que el fallecimiento tenga lugar en una localidad distinta de la residencia del interesado). Debe revisarse la normativa aplicable en cada localidad y momento.
Para mayor comodidad de las familias, es recomendable dejar la gestión en manos de una funeraria con experiencia en repatriaciones. En general, los familiares del difunto (o la funeraria con la autorización correspondiente) deberán contactar con la Embajada Española o Consulado del país donde debe de ser repatriado el cuerpo, e indicarles su decisión, mediante el proceso designado (solicitud de traslado, certificado médico, autorización judicial, etc). Puede consultarse más información en la web del Gobierno de España.
Una esquela – también conocidas como aviso fúnebre o mortuorio – es el aviso de la muerte de una persona que se publica en medios de comunicación privados (típicamente en periódicos en la sección designada a tal efecto), o se fija en distintos lugares públicos, indicando la fecha y el lugar de la ceremonia, y suele incorporar un texto conmemorativo a modo de homenaje del fallecido.
Por norma general, cuando fallece una persona tanto sus bienes como sus deudas (si las hubiera) pasan a los herederos (los que haya fijado en el Testamento, o en su defecto, los que indique la Ley). Sin embargo, hasta que no exista una adjudicación de bienes por herencia, con el levantamiento del acta notarial correspondiente, los herederos no podrán disponer de dichos bienes. Tras la realización del trámite, corresponde la liquidación del impuesto de sucesiones aplicable (puede variar significativamente según la comunidad autónoma en la que se encuentre el heredero).
En Proxima, desde nuestro departamento de gestoría, te informaremos sin compromiso.
Una de las opciones que tienes es llamar a una de las funerarias de tu localidad, para que se ocupen de la situación (lo primero es que acuda un médico para poder certificar la defunción dentro de las 24h próximas al fallecimiento). Alternativamente, puedes llamar al teléfono 112 de Emergencias, para que pueda acudir una ambulancia al domicilio.
La mayoría de las instalaciones funerarias tienen neveras de conservación y de congelación (en caso de que el cuerpo deba conservarse durante un periodo más prolongado de tiempo, por ejemplo, para una repatriación internacional). El embalsamamiento, y demás técnicas empleadas en la práctica de la tanatopraxia, permite conservar el cuerpo para su posterior exposición en la sala de velatorio.
Se considera un funeral ecológico cuando todos los elementos que intervienen en el mismo minimizan el impacto medioambiental en el entorno. Por ejemplo, mediante la utilización de féretros biodegradables con certificación de fabricación de proximidad y madera sostenible, material de tanatoestética no contaminante, transporte con vehículos funerarios eléctricos, etc.
Por supuesto que existen los cementerios privados. En la ciudad de Barcelona, sin embargo, la gestión de los cementerios es exclusivamente pública, y corresponde a Cementiris de Barcelona (CBSA). Si bien, existen algunos cementerios colindantes a la ciudad de Barcelona de gestión privada, como es el Parque Natural de Roques Blanques.
Todo ritual, conmemoración o actividad realizada antes del entierro o cremación de un difunto es considerado un sepelio, incluye una serie de acontecimientos que giran alrededor del entierro. El entierro y la cremación son dos maneras diferentes de tratar y disponer del cuerpo de un ser querido.
Elegir un féretro o ataúd para un familiar es una decisión que la mayoría de las personas hace pocas veces en su vida, durante un momento de duelo, un momento complicado que nuestro personal puede hacer más llevadero gracias a nuestra experiencia y por este motivo puede contactarnos si necesita ayuda.
En Proxima Serveis Funeraris podemos ayudarle a planear un servicio funerario que honre una vida especial, ya sea de manera sencilla o más elaborada. Un funeral personalizado puede incluir la reproducción de una canción, música en directo durante la ceremonia con las canciones preferidas de la persona difunta, entre otros. Ofrecemos diversas opciones para que el servicio refleje la vida y personalidad de nuestro ser querido.
La previsión funeraria permite planificar y asegurar los servicios funerarios por adelantado, brindando tranquilidad a la familia y garantizando el cumplimiento de los deseos del difunto.
Además de los servicios funerarios, ofrecemos asesoramiento emocional y grupos de apoyo para ayudar a las familias a sobrellevar el duelo. En Barcelona existen distintos programas donde puedes encontrar la ayuda que necesitas. Si quieres más información tenemos un artículo en el blog o ponte en contacto con nosotros.
No hay diferencia entre ambos, ya que dentro de las sepulturas existen diferentes tipos, entre ellas el nicho existen además:
– Panteones de diferentes tamaños, sepulturas que pueden albergar varios difuntos y pueden incluir un monumento funerario.
– Tumbas, sepulturas ubicadas en el suelo, pueden albergar varios difuntos también llamada sepultura en tierra.
– Nichos, son sepulturas verticales en la pared que sirven para inhumar a un solo difunto.
Nuestros profesionales realizan procedimientos cuidadosos para garantizar una presentación respetuosa del difunto durante el servicio. A esta práctica se la llama tanatoestetica o tanatopraxia. Si te interesa el tema puedes encontrar un artículo en nuestro blog hablando de cada una de ellas y sus diferencias.
En nuestro Tanatorio de Sants ofrecemos alternativas ecológicas, como urnas biodegradables y ceremonias que respetan el medio ambiente. Para los que buscáis opciones más sostenibles, no dudéis en pedirnos más información, uno de nuestros expertos os asesorá sin compromiso.
También puedes consultar nuestro servicio ecológico, nuestro catálogo de féretros ecológicos y nuestro catálogo de urnas y complementos, para que puedas ver las diferentes opciones que ofrecemos.
Contamos con servicios de atención las 24 horas los 365 días al año, para manejar situaciones de emergencia, garantizando asistencia y apoyo inmediato a las familias en cualquier momento del día o la noche. Nos puedes escribir o llamar cuando tú quieras, estamos siempre a tú disposición.
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